viernes, 7 de noviembre de 2008

Sólo el IFE controlará tiempos en radio y TV

Es inconstitucional que el Instituto Electoral del Estado de Jalisco (IEEJ) autorice a las estaciones y canales de radio y televisión, para suspender la transmisión de los mensajes que corresponden a los partidos políticos y a las autoridades electorales, cuando decidan transmitir, en vivo, los debates entre los candidatos a gobernadores, determinó el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Ello, "en virtud de que es competencia exclusiva del Instituto Federal Electoral (IFE) administrar los tiempos oficiales en radio y televisión, tanto a nivel federal como local, conforme lo establece el artículo 41 constitucional".
Esta decisión la tomaron al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido de la Revolución Democrática, que impugnó las reformas realizadas por el Congreso de Jalisco a los artículos 85, 86, 87, 88 y 231 del Código Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco.
Fuente: El Sol de Sinaloa